Contratación internacional

Nota: La siguiente información indica las condiciones de empleo del personal contratado internacionalmente para las vacantes en la categoría "Internacional" y para los puestos vacantes a nivel profesional (P1 - P5) en la categoría "Cooperación para el desarrollo".  Los beneficios exactos deberán determinarse en el momento de la incorporación y dependerán de la situación personal del individuo al momento de  la contratación.

Condiciones de empleo

La OIT es un empleador del sector público internacional. Como tal, el salario y las otras condiciones de empleo se ajustan a las establecidas por la Comisión de Administración Pública Internacional para el empleo en las Naciones Unidas y los organismos especializados, y no son negociables. Los beneficios y subsidios están sujetos a los términos específicos de la contratación y dependen de la situación personal de cada uno, pero generalmente incluyen:

  • Sueldo base y ajuste por lugar de destino: La contratación se suele efectuar en el primer escalón del grado. El ajuste por lugar de destino (ajuste del costo de la vida) es variable y está sujeto a cambios sin previo aviso según las tasas establecidas por la CAPI para el Sistema Común de las Naciones Unidas para sueldos y subsidios.
  • Asignación familiar;
  • Subsidio de educación por hijos a cargo (por hijo por año);
  • Pensión y Seguro de Salud;
  • Vacaciones anuales de treinta días hábiles;
  • Primas de instalación;
  • Derecho al pago de los gastos de transporte de efectos personales;
  • Subsidio de repatriación (si es aplicable);
  • Gastos de viaje por vacaciones en el hogar nacional con familiares a cargo reconocidos como tales, cada dos años;
  • Subsidio de vivienda (si es aplicable).

Las autoridades suizas exoneran a los funcionarios de la Organización de abonar impuestos sobre los sueldos y prestaciones percibidos y, en virtud de los convenios internacionales y la legislación nacional sobre estancia o residencia en el extranjero, también otros gobiernos suelen aplicar esta exoneración tributaria. De no caber esta exención, los funcionarios podrán solicitar el reembolso de los impuestos que hayan abonado. Esta devolución se tramitará mediante un documento de la OIT que habrán de solicitar

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